BASES REGULADORAS DE SELECCIÓN Y BOLSA DE EMPLEO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL, MAESTRA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL, O TÉCNICO SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL, MEDIANTE CONCURSO EN EL EXMO. AYUNTAMIENTO DE MARTÍN DE LA JARA.
Por la presente se publican las:
BASES REGULADORAS DE SELECCIÓN Y BOLSA DE EMPLEO DE PERSONAL LABORAL
TEMPORAL, MAESTRA ESCUELA
INFANTIL MUNICIPAL, O TÉCNICO SUPERIOR EN
EDUCACIÓN INFANTIL, MEDIANTE CONCURSO EN EL EXMO.
AYUNTAMIENTO DE MARTÍN
DE LA JARA.
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y MODALIDAD DEL CONTRATO.
Las presentes bases tienen por objeto
regular el procedimiento de selección para la
creación de una Bolsa de Empleo para la contratación
de personal laboral, que sean necesarios
para la provisión de las vacantes de carácter temporal de
la Escuela Infantil Municipal de este
Ayuntamiento, denominación: ”Profesora magisterio educación
infantil ", o técnico superior en
educación infantil.
La duración del contrato será la
correspondiente según las necesidades del curso.
(Centros de asistencia y educación infantil).
La
jornada será las correspondientes según las necesidades del curso.
Las retribuciones serán las
correspondientes según contrato. (Centros de asistencia y
educación infantil).
El puesto de trabajo
consiste en las labores propias de una maestra de educación infantil
o técnico superior en educación
infantil acordes al proyecto educativo de la Escuela Infantil
Municipal de Martin de la Jara.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitido a la celebración de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad
española o de alguno de los estados miembros de la Union Europea.
- Tener cumplidos los 16 años.
-
No padecer ninguna enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio normal de las funciones
del
cargo. Quien tenga la condición de discapacitado deberá acreditarla aptitud para el ejercicio de
las
funciones correspondientes a la plaza objeto de la convocatoria mediante dictamen y hasta el
último
día de presentación de instancias. Si no es así, no será posible la admisión a las pruebas
selectivas.
- No haber sido separado por un expediente disciplinario del servicio del Estado, la
Administración
Local o la Autonómica, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones
públicas.
- Estar en posesión del título de magisterio, especialidad educación infantil, o en su
caso, y
condicionado a que lo admita la Consejería de Educación, titulación en magisterio
equivalente a
educación infantil, o título de Técnico Superior en Educación Infantil, o estar en
condiciones de
obtener las titulaciones referidas el día que finalice el plazo para la presentación
de instancias.
La acreditación de la equivalencia de las diferentes titulaciones corresponderá al
aspirante.
El cumplimiento de todos los requisitos será exigido el día de la finalización del plazo
de
presentación de las solicitudes.
TERCERA.- PRESENTACION DE SOLICITUDES.
-Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en la
que los aspirantes deben
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas,
referidas siempre a la fecha
de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se
dirigirán al Alcalde-
Presidente de la Corporación (Plaza de Diamantino García Acosta, 1, 41658,
Martín de la Jara,
Sevilla) y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, los dias
laborables de 8 a 15 h.
A la solicitud (Anexo I) se acompañará una fotocopia del DNI, deI título
oficial académico exigido
en la base 2ª de las presentes bases y de la documentación relativa a los
méritos alegados para la
calificación de la fase de Concurso acreditada mediante original o
fotocopia compulsada .
-El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde la
convocatoria en el
tablón de edictos municipal y en su portal web (http://www.martindelajara.es).
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 16 de la Ley
39/2015, de
1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.
CUARTA. - ADMISION DE ASPIRANTES.
En el plazo de diez días desde que expire el plazo de presentación
de solicitudes, la
Alcaldía dictará una resolución que se publicará en el tablón de edictos del
Ayuntamiento y en su
portal web, declarando aprobada la lista de admitidos. En el caso de que todas
las solicitudes
presentadas cumplan con los requisitos exigidos se entenderá definitiva. En el caso
de que se den
defectos subsanables se notificará expresamente al interesado, señalándose un plazo de
10 días
hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo anterior y subsanados los defectos y vistas
las reclamaciones, se
dictará una resolución con la lista definitiva de admitidos, que se publicará
en el Tablón de
anuncios y en su portal web. En dicha resolución se establecerá también la
composición definitiva
del Tribunal, y el día de reunión del mismo para la calificación de méritos
del concurso.
QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal estará formado por un Presidente, tres vocales y un
Secretario, designados
entre el personal de la Guarderia Municipal y/o personal del Ayuntamiento y/o
de asistencia de la
Excma. Diputación Provincial de Sevilla, pudiendo designarse el mismo número de
suplentes.
SEXTA.- VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS DEL CONCURSO.
La fase de concurso, se regirá por el siguiente
baremo:
1.Experiencia profesional (máximo 3,5 puntos):
Por cada mes trabajado como maestra en educación
infantil, o puestos relacionados con el
ámbito educativo, en empresas privadas o administraciones
públicas, se puntuará con 0,10
puntos.
2.Titulación y formación académica (máximo 3,5 puntos):
2.1 Cursos relacionados con el ámbito
educativo o ciencias sociales (magisterio en
distintas especialidades, educación social, trabajo
social…):
– Cursos de 50 a 100 horas: 0´10 puntos/curso.
– Cursos de más de 100 horas: 0,20
puntos/curso.
2.2 Titulación de Grado o equivalente relacionadas con el ámbito educativo o ciencias
sociales
(magisterio, pedagogía, psicología, filología…)- 1 punto.
Los méritos se acreditarán del siguiente
modo: la experiencia profesional mediante
contrato de trabajo original o copia compulsada del mismo
y la formación académica mediante
título/certificado académico original o copia compulsada.
3. Entrevista personal (máximo 3 puntos): para valorar el perfil profesional de los
aspirantes al
puesto a desempeñar.
El número máximo de puntos a obtener en el concurso es de 10.
En caso de empate
de puntos, se resolverá por sorteo.
SEPTIMA.- LISTA DE APROBADOS.
Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de
puntuación decreciente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su
portal web.
Los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos deberán ser motivados. La
motivación de los actos del tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo
de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de
las
bases de la convocatoria.
La lista de aprobados deberá de ser objeto de aprobación por el Alcalde-
Presidente de
esta Corporación, formalizándose de este modo la lista de integrantes de la bolsa.
OCTAVA.-FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA.
Los cándidatos seleccionados se integrarán en una Bolsa de
Empleo por orden de
puntuación, cuyo llamamiento se realizará siguiendo dicho orden. Esta Bolsa de
Empleo tendrá
vigencia en tanto no sea sustituida por otra posterior aprobada conforme a los
procedimientos que
establece la normativa reguladora o bien porque la misma resulte agotada. En caso
de aprobación
de una bolsa posterior con el mismo objeto conforme al Procedimiento Legal vigente,
extinge
cualquier derecho existente de los candidatos incluidos en la misma.
NOVENA.- NORMA FINAL.
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de las
actuaciones de los
órganos de selección podrán ser impugnados en los casos y en la forma
establecidos por la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones
públicas.
En Martin de la Jara, a fecha de firma electrónica.
EL ALCALDE
Manuel Sánchez Aroca.-
La solicitud de participación en la selección de Maestra de Escuela Infantil Municipal se puede descargar en el ANEXO I del fichero PDF que se adjunta.