Proceso Selección Personal Laboral Guardería Municipal

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17/09/2018

BASES REGULADORAS DE SELECCIÓN Y BOLSA DE EMPLEO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL, MAESTRA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL, O TÉCNICO SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL, MEDIANTE CONCURSO EN EL EXMO. AYUNTAMIENTO DE MARTÍN DE LA JARA.

Por la presente se publican las:

BASES REGULADORAS DE SELECCIÓN Y BOLSA DE EMPLEO DE PERSONAL LABORAL
TEMPORAL, MAESTRA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL, O TÉCNICO SUPERIOR EN
EDUCACIÓN INFANTIL, MEDIANTE CONCURSO EN EL EXMO. AYUNTAMIENTO DE MARTÍN
DE LA JARA.


PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y MODALIDAD DEL CONTRATO.
Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento de selección para la
creación de una Bolsa de Empleo para la contratación de personal laboral, que sean necesarios
para la provisión de las vacantes de carácter temporal de la Escuela Infantil Municipal de este
Ayuntamiento, denominación: ”Profesora magisterio educación infantil ", o técnico superior en
educación infantil.
La duración del contrato será la correspondiente según las necesidades del curso.
(Centros de asistencia y educación infantil).
La jornada será las correspondientes según las necesidades del curso.
Las retribuciones serán las correspondientes según contrato. (Centros de asistencia y
educación infantil).
El puesto de trabajo consiste en las labores propias de una maestra de educación infantil
o técnico superior en educación infantil acordes al proyecto educativo de la Escuela Infantil
Municipal de Martin de la Jara.


SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
Para ser admitido a la celebración de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir
los siguientes requisitos:
- Poseer la nacionalidad española o de alguno de los estados miembros de la Union Europea.
- Tener cumplidos los 16 años.
- No padecer ninguna enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio normal de las funciones
del cargo. Quien tenga la condición de discapacitado deberá acreditarla aptitud para el ejercicio de
las funciones correspondientes a la plaza objeto de la convocatoria mediante dictamen y hasta el
último día de presentación de instancias. Si no es así, no será posible la admisión a las pruebas
selectivas.
- No haber sido separado por un expediente disciplinario del servicio del Estado, la Administración
Local o la Autonómica, ni estar inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
- Estar en posesión del título de magisterio, especialidad educación infantil, o en su caso, y
condicionado a que lo admita la Consejería de Educación, titulación en magisterio equivalente a
educación infantil, o título de Técnico Superior en Educación Infantil, o estar en condiciones de
obtener las titulaciones referidas el día que finalice el plazo para la presentación de instancias.
La acreditación de la equivalencia de las diferentes titulaciones corresponderá al aspirante.
El cumplimiento de todos los requisitos será exigido el día de la finalización del plazo de
presentación de las solicitudes.

TERCERA.- PRESENTACION DE SOLICITUDES.
-Las instancias solicitando tomar parte en el concurso, en la que los aspirantes deben
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha
de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, se dirigirán al Alcalde-
Presidente de la Corporación (Plaza de Diamantino García Acosta, 1, 41658, Martín de la Jara,
Sevilla) y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, los dias laborables de 8 a 15 h.
A la solicitud (Anexo I) se acompañará una fotocopia del DNI, deI título oficial académico exigido
en la base 2ª de las presentes bases y de la documentación relativa a los méritos alegados para la
calificación de la fase de Concurso acreditada mediante original o fotocopia compulsada .
-El plazo de presentación de solicitudes será de 5 días hábiles desde la convocatoria en el
tablón de edictos municipal y en su portal web (http://www.martindelajara.es).
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 16 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.


CUARTA. - ADMISION DE ASPIRANTES.
En el plazo de diez días desde que expire el plazo de presentación de solicitudes, la
Alcaldía dictará una resolución que se publicará en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en su
portal web, declarando aprobada la lista de admitidos. En el caso de que todas las solicitudes
presentadas cumplan con los requisitos exigidos se entenderá definitiva. En el caso de que se den
defectos subsanables se notificará expresamente al interesado, señalándose un plazo de 10 días
hábiles para subsanación.
Transcurrido el plazo anterior y subsanados los defectos y vistas las reclamaciones, se
dictará una resolución con la lista definitiva de admitidos, que se publicará en el Tablón de
anuncios y en su portal web. En dicha resolución se establecerá también la composición definitiva
del Tribunal, y el día de reunión del mismo para la calificación de méritos del concurso.


QUINTA.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal estará formado por un Presidente, tres vocales y un Secretario, designados
entre el personal de la Guarderia Municipal y/o personal del Ayuntamiento y/o de asistencia de la
Excma. Diputación Provincial de Sevilla, pudiendo designarse el mismo número de suplentes.


SEXTA.- VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS DEL CONCURSO.
La fase de concurso, se regirá por el siguiente baremo:


1.Experiencia profesional (máximo 3,5 puntos):
Por cada mes trabajado como maestra en educación infantil, o puestos relacionados con el
ámbito educativo, en empresas privadas o administraciones públicas, se puntuará con 0,10
puntos.


2.Titulación y formación académica (máximo 3,5 puntos):
2.1 Cursos relacionados con el ámbito educativo o ciencias sociales (magisterio en
distintas especialidades, educación social, trabajo social…):
– Cursos de 50 a 100 horas: 0´10 puntos/curso.
– Cursos de más de 100 horas: 0,20 puntos/curso.

2.2 Titulación de Grado o equivalente relacionadas con el ámbito educativo o ciencias
sociales (magisterio, pedagogía, psicología, filología…)- 1 punto.
Los méritos se acreditarán del siguiente modo: la experiencia profesional mediante
contrato de trabajo original o copia compulsada del mismo y la formación académica mediante
título/certificado académico original o copia compulsada.


3. Entrevista personal (máximo 3 puntos): para valorar el perfil profesional de los
aspirantes al puesto a desempeñar.
El número máximo de puntos a obtener en el concurso es de 10.
En caso de empate de puntos, se resolverá por sorteo.


SEPTIMA.- LISTA DE APROBADOS.
Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación decreciente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su portal web.
Los actos que pongan fin a los procedimientos selectivos deberán ser motivados. La
motivación de los actos del tribunal dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo
de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de
las bases de la convocatoria.
La lista de aprobados deberá de ser objeto de aprobación por el Alcalde- Presidente de
esta Corporación, formalizándose de este modo la lista de integrantes de la bolsa.


OCTAVA.-FUNCIONAMIENTO DE LA BOLSA.
Los cándidatos seleccionados se integrarán en una Bolsa de Empleo por orden de
puntuación, cuyo llamamiento se realizará siguiendo dicho orden. Esta Bolsa de Empleo tendrá
vigencia en tanto no sea sustituida por otra posterior aprobada conforme a los procedimientos que
establece la normativa reguladora o bien porque la misma resulte agotada. En caso de aprobación
de una bolsa posterior con el mismo objeto conforme al Procedimiento Legal vigente, extinge
cualquier derecho existente de los candidatos incluidos en la misma.


NOVENA.- NORMA FINAL.
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de las actuaciones de los
órganos de selección podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.


En Martin de la Jara, a fecha de firma electrónica.


EL ALCALDE
Manuel Sánchez Aroca.-

 

La solicitud de participación en la selección de Maestra de Escuela Infantil Municipal se puede descargar en el ANEXO I del fichero PDF que se adjunta.

Bases MaestrasGuarderia 2018 en PDF