Subsanación Bases Reguladores para la Elaboración del Plan de Empleo Extraordinario 2020 - Ayuntamiento Martín de la Jara

Subsanación Bases Reguladores para la Elaboración del Plan de Empleo Extraordinario 2020 - Ayuntamiento Martín de la Jara

18/06/2020 - 18/06/2020

Subsanación Bases Reguladores para la Elaboración del Plan de Empleo Extraordinario 2020 - Ayuntamiento Martín de la Jara

SUBSANACIÓN BASES REGULADORAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO EXTRAORDINARIO 2020 A CAUSA DEL COVID- 19 DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE MARTIN DE LA JARA

 

SUBSANACIÓN BASES REGULADORAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO EXTRAORDINARIO 2020 A CAUSA DEL COVID-19 DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MARTIN DE LA JARA


En relación a las bases reguladoras para la elaboración del Plan de Empleo Extraordinario 2020 a causa del COVID-19 del Ilustre Ayuntamiento de Martín de la Jara, de fecha 4 de junio de 2020, aprobadas mediante Resolución de Alcaldía Nº. 122/2020, de fecha 4 de junio, se ha procedido la subsanación de las mismas quedado redactadas del siguiente modo:

 

OBJETIVO Y FINALIDAD.

El objeto del presente plan es minimizar el impacto socioeconómico que ha tenido el Covid-19 en nuestro municipio y así mejorar el bienestar y calidad de vida de los habitantes que padecen situaciones socioeconómicas desfavorables.

Los objetivos inmediatos del programa son:

• Facilitar recursos a familias con grave problemática socioeconómica a fin de evitar situaciones de exclusión social.

• Proporcionar a la población con dificultades sociales y con personas a su cargo de estrategias y habilidades adaptadas a la actual situación económica.

• Optimizar situaciones de personas en riesgo de exclusión social, a través de intervenciones en el ámbito comunitario.

• Incrementar las posibilidades de incorporación en el mercado laboral a mujeres u hombres en situación de riesgo o propensos a desembocar en situaciones de exclusión social.

 

PLANES DE EMPLEO EXTRAORDINARIOS POR EL COVID-19.

El programa para la elaboración de un plan de empleo extraordinario se pone en marcha a causa de la situación del Estado de alarma provocado por el COVID-19. Y por ello nos vemos en la necesidad de crear distintos planes de empleo para atender a los diferentes colectivos de nuestra sociedad de forma equitativa y para que las personas que han sido afectadas económicamente por esta situación puedan tener una oportunidad de empleo y sobrellevar mejor esta situación que tan difícil es para todos los ciudadanos de Martin de la Jara. Por ello, se agrupan en tres planes diferenciados: 

 

• Plan de Empleo Extraordinario para familias con cargas familiares.

Este Plan de Empleo se ha diseñado para aquellas familias que tengan un hijo o más. La persona que solicite este plan debe estar en situación de desempleo en el momento de entregar la solicitud.

 

Plan de Empleo Extraordinario para familia Monoparentales (madres o padres solter@s, divorciad@s).

El Plan de Empleo extraordinario para familias monoparentales está destinado a aquellas familias en las que tengan un hijo o más y estén separados, divorciados o sean padres o madres solter@s. Además, deberán estar en situación de desempleo para poder solicitar este plan. Solo podrán solicitar los padres/madres que posean la custodia de los menores.

 

Plan de Empleo Extraordinario para la población en general.

El Plan de Empleo extraordinario para la población en general será destinado para aquellas personas que estén en situación de desempleo y que no reúnan los requisitos para los planes para familias con cargas familiares o monoparentales.

 

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS.

Las personas destinatarias de dicho plan deberán cumplir los siguientes requisitos:

• La persona solicitante se tiene que encontrar como demandante de empleo en el momento de entrega de la solicitud y tener como mínimo 16 años.

• Estar empadronadas en el municipio.

• Acreditar la situación de desempleo.

• Pertenecer a una unidad familiar en los siguientes umbrales económicos referidos al Salario Mínimo Interprofesional (SMI):

• Familias de 1 solo miembro: 5.700 (últimos seis meses).

• Familias de 2 miembros: 9.975 (últimos seis meses).

• Familias de 3 o 4 miembros: 11.400 (últimos seis meses).

• Familias de 5 o más miembros: 14.250 (últimos seis meses).

• La solicitud solo podrá ser gestionada por el propio solicitante.

 A los efectos de este Plan, se entiende por unidad familiar:

• Las personas empadronadas en el mismo domicilio tales como matrimonios, parejas de hecho personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y, si los hubiere:

1. Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientemente de estos.

2. Los hijos solteros menores de 25 años y mayores incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.

• En los casos de separación legal, la formada por el padre y/o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad anterior.

• No se considerarán incluidos en la unidad familiar a otros miembros de la familia extensa, aunque convivan en el mismo domicilio.

• Ninguna persona podrá formar parte de más de una unidad familiar.

• Solo se podrá presentar una solicitud por unidad familiar.

La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de presentación de la solicitud.

 

TRÁMITE Y PROCEDIMIENTO DE LA SOLICITUD.

En primer lugar, es importante destacar que sólo se podrá realizar la solicitud en uno de los planes anteriormente descritos y sólo una persona de la unidad familiar podrá ser el solicitante y el beneficiario de la misma.

Para poder ser beneficiario de cualquiera de estos planes de empleo se deberá entregar la siguiente documentación:

• Tarjeta de Demandante de Empleo.

• Base de cotización y la última nómina.

• Empadronamiento colectivo e histórico.

• DNI de toda la Unidad Familiar.

• Sentencia de separación y libro de familia (solo para el plan de familias monoparentales).

• Ingresos de los últimos seis meses de la Unidad Familiar de los mayores de 16 años. (Nóminas, certificado del SEPE de ingresos, etc.).

• Vida laboral de todos los miembros de la unidad familiar.

El procedimiento para realizar la solicitud será el siguiente, que deberá realizarse de forma rigurosa y sin saltarse ninguno de los pasos que se describen a continuación:

En primer lugar, se deberá llamar al número de teléfono 955 82 54 50 para concertar una cita de 9:00 a 14:00 de la mañana. Las citas tendrán un horario de 9:00 a 14:00. NO SE ATIENDE SIN CITA PREVIA. Si necesita información llame también a ese número de teléfono. El horario de atención al público será de 9:00 a 14:00 horas.

En segundo lugar, acudir a la cita concertada y llevar a esta toda la documentación requerida. ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE SE ACUDIRÁ A LA
CITA CUANDO TENGA TODA LA DOCUMENTACIÓN. Allí se rellenará debidamente cumplimentada la solicitud de participación y el Anexo I de estas bases y se entregará toda la documentación.

Es obligatorio acudir a la cita con guantes y mascarillas (NO SE ATENDERÁ SI NO SE CUMPLE ESTOS REQUISITOS). Además, la persona que tenga una cita deberá ser puntual, ya que en caso contrario podría perder su cita y tener que volver a pedir una nueva con el procedimiento anteriormente descrito. EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES FINALIZA EL 23 DE JUNIO (INCLUSIVE).

En tercer lugar, una vez recogida toda la documentación para participar en el Plan de Empleo Extraordinario 2020 a causa del Covid-19, será estudiada y evaluada rigurosamente. A tal efecto, se constituirá una Comisión Técnica formada por los miembros a designar por la Alcaldía para valorar las solicitudes junto con el informe de la trabajadora social. Entre las personas que, cumpliendo los requisitos establecidos en las mencionadas bases, hayan presentado la solicitud para acogerse a la contratación financiada con cargo a este Plan de Empleo, tendrán prioridad para la adjudicación aquellas que pertenezcan a unidades familiares en las que concurran por orden de prelación algunas de las circunstancias siguientes:

a) Que la persona solicitante no haya participado en otros Programas de Empleo en el Ayuntamiento de Martín de la Jara en los últimos doce meses
anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (Ejemplo: Programa de Urgencia Municipal, PFOEA, PEE, etc.).

b) Que la unidad familiar a la que pertenece la persona solicitante no haya recibido otras ayudas gestionadas a través de los Servicios Sociales del
Ayuntamiento de Martín de la Jara en los últimos doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

c) Que la persona solicitante no esté percibiendo ningún tipo de prestación o ayuda económica en la fecha de presentación de la solicitud.

d) Que la persona solicitante no haya percibido ningún tipo de prestación o ayuda económica en los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

e) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros, no haya realizado actividad laboral de empleo durante los últimos seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. (esta circunstancia no se tendrá en cuenta para aquellas unidades familiares compuestas únicamente por el solicitante).

f) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar donde el resto de sus miembros, no haya percibido ningún tipo de prestación o ayuda
económica en los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud (esta circunstancia no se tendrá en cuenta para aquellas unidades familiares compuestas únicamente por el solicitante).

g) Que la persona solicitante pertenezca a una unidad familiar monoparental con, al menos, un hijo o hija a cargo.

h) Que entre los miembros de la unidad familiar de la persona solicitante haya, al menos, una persona menor de edad.

i) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar que tenga la condición de familia numerosa de conformidad con la legislación vigente.

j) Que la persona solicitante forme parte de una unidad familiar con, al menos, dos menores a cargo.

k) Que algunas de las personas que componen la unidad familiar tenga declarada una discapacidad igual o superior al 33 por ciento o se encuentre en
situación de dependencia. 

Si como consecuencia de la aplicación de los criterios anteriores resultasen unidades familiares con el mismo primer nivel de prelación, se procederá a priorizar aquellas en las que concurran el máximo de circunstancias por orden de prelación y a igualdad número de circunstancias se considerará el tiempo desde el que el solicitante está desempleado y el volumen de ingresos económicos de la unidad familiar de los últimos seis meses.

El presente Plan de Empleo estará limitado según la disponibilidad presupuestaria existente en la correspondiente aplicación, sin que pueda realizarse
contrataciones por importe superior al crédito disponible.

El lugar donde se presentan las solicitudes será en el Centro de Igualdad (Servicios Sociales) de la localidad de Martin de la Jara en horario de 9:00 a 14:00.

 

ENTRADA EN VIGOR

Las presentes bases entrarán en vigor desde el día siguiente a su publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Martín de la Jara hasta el 31 de diciembre de 2020.

En Martin de la Jara, a fecha de firma electrónica.

El Acalde-Presidente

Fdo.: Manuel Sánchez Aroca.

Subsanación Bases Reguladores para la Elaboración del Plan de Empleo Extraordinario 2020 - Solicitud de Participación y Anexo I